Hasta 10 años de prisión para las personas que cometan acoso callejero

Se realizaron nuevas reformas al Código Penal del Estado, en las cuales están el castigar a personas que cometan acoso callejero con 10 años de prisión y pagar 35 mil 848 pesos de multa; personas que operen en un rastro clandestino tendrán 4 años de prisión y se les clausurará, penas de 13 años por abuso sexual y 14 años a la persona por callar ante abuso sexual a menores.

Durante la última sesión ordinaria del congreso local que se realizó este jueves, se hicieron reformas al Código Penal del Estado, impulsadas por la diputada petista, Mónica Lara Chávez, enfatizó que el acoso callejero es una conducta antisocial que daña a la mujer, por lo que debe castigarse. Se impondrá una pena de 6 a 10 años de prisión y una multa mínima de 17 mil 924 pesos a 35 mil 848 pesos como máximo. También al agresor se le dará un tratamiento para su reeducación y sensibilización, conforme a las medidas establecidas en la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Puebla.

También se avalo el imponer 13 años de prisión por el delito sexual si la victima es menor de 14 años o se encuentra en circunstancia de desigualdad o sumisión, así como una multa de 44 mil 810 pesos. Si en el delito intervienen dos o más personas, la sanción se aumentará, es decir en casa de que se le imponga la más alta que es de 13 años, la sanción podría subir hasta los 26 años. Al igual que 14 años a quien conozca y no denuncie algún abuso sexual contra menores de edad, serán considerados cómplices del ilícito.

Finalmente, se aprobó tipificar la operación de rastros clandestinos en Puebla, ya que representan un riesgo a la salud y maltrato animal, por lo cual se castigará a los responsables con 4 años de prisión y serán clausurados los establecimientos. Así los establecimientos que se dedican a esta practica lo hagan cumpliendo las normas y estén certificados por autoridad competente.

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