Justo reconocimiento a Olimpia Coral Melo Cruz como huauchinanguense distinguida

La precursora de la ley Olimpia, que reconoce la violencia digital como un tipo de violencia contra las mujeres que incluye acoso, amenazas, insultos y vulneración de información privada, así como la difusión de contenido sexual sin consentimiento, textos, fotos, vídeo o datos personales a través de Internet, redes sociales, correos, aplicaciones, o cualquier otro espacio o medio digital, Olimpia Coral Melo Cruz fue reconocida como huauchinanguense distinguida el pasado lunes 14 de diciembre durante una rueda de prensa en su natal Huauchinango, en un evento organizado por las autoridades municipales y ciudadanos distinguidos. Durante la rueda de prensa, la ponente lanzó una convocatoria a mujeres para que se convirtieron en embajadoras o voceras de la ley Olimpia, quienes realizaron carteles, dibujos y recortes asociados al tema legal en cuestión.

Todo esto en el contexto de que el pasado jueves 3 de diciembre se aprobó por una unanimidad, con 87 votos a favor, la reforma de la ley general de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, así como el código penal federal para castigar la violencia digital. La activista, durante el discurso que ofreció, agradeció a su madre, hermana y abuela, además de su madrina, la también activista y luchadora social Juanita Mendoza.

La lucha de Olimpia Coral por el reconocimiento de la ciber violencia sexual como un delito perseguido por la ley comenzó hace 6 años, cuando ella misma fue víctima de esta infame y dolorosa situación, este fue el detonante para que buscara la forma de evitar que otras mujeres pasaran por el desamparo y acoso al que se vio sometida ella misma al no existir ninguna regulación o forma de perseguir estas terribles acciones. Hoy gracias a ella y muchas otras personas que lucharon para lograr la existencia de esta ley, el panorama es distinto para mujeres y hombres que se encuentran en una situación similar, en poco tiempo se espera que esta ley entre en vigor a nivel nacional, castigando a quienes expongan, distribuyan, difundan, exhiban, transmitan, comercialicen, oferten, intercambien o compartan fotos audios o vídeos reales o alterados de contenido sexual sin consentimiento de la otra parte afectada, con una pena de tres a seis años de prisión y una multa de 500 a 1000 Unidades de Medida y Actualización (UMA).

Por este razón la activista exhorto a las autoridades a tomar las acciones necesarias para dar justicia a las víctimas de este terrible delito e incluir a las mujeres en la vida pública de la comunidad Incluyéndolas en la toma de decisiones.

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